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Cuando uno piensa en piscina de verano, se acuerda del sol, el calor, los cursos de natación y los chapuzones de los niños, pero sólo cuando toca pagar la cuota de la comunidad para el mantenimiento de la piscina revisa cuales son los servicios que tiene que disponer una comunidad de propietarios para cumplir la normativa en cuanto a seguridad en las piscinas. Por eso en este post hemos querido recopilar esa información para ayudar a los presidentes, adminitradores y vecinos que quieran aclarar todas esas dudas que les invaden. Si eres presidente novato y estás perdido en la piscina, este es tu post.[space ]
Lo primero que interesa aclarar es que tipo de normativa y que especifica la misma acerca de la conservación y la seguridad en las piscinas comunitarias.[space ]
Muchas comunidades de vecinos en la Comunidad de Madrid disponen de piscina de verano para sus vecinos. Aunque sea algo privado para uso de los inquilinos y propietarios de la finca, tienen que cumplir una serie de normas para garantizar la seguridad de los bañistas. Asimismo, los usuarios deben someterse también a unas obligaciones, para asegurar el buen uso entre todos.[space ]
Estas normas se aplican a las piscinas de comunidades de vecinos de más de 30 viviendas, que estén ubicadas en la Comunidad de Madrid.[space ]
Para poder abrir las piscinas de forma segura, deben cumplirse las siguientes obligaciones:[space ]
- Disponer de un socorrista con conocimientos en primeros auxilios siempre presente durante el horario de baño. En el caso de piscinas que midan entre 500 y 1.000 m2 o que tengan dos piscinas y la separación entre una y otra no permita una vigilancia eficaz, deberá haber dos o más socorristas.
- Contar con elementos para ayudar al rescate, como perchas y salvavidas.
- Tener un botiquín en un lugar visible y señalizado, así como un teléfono y un listado visible con información de servicios de urgencia.
- Si las piscinas miden en su totalidad entre 500 y 1.000 m2, deben contratar a un ATS/DUE o un médico de forma permanente. Si miden más de 1.000 m2, las dos figuras son obligatorias de forma permanente. En ambos casos, se debe disponer del material necesario para asistir a un herido, si se da la situación.[space ]
La propia piscina y los elementos de su alrededor tienen que ajustarse a estos requisitos:[space ]
- Tener expuestas las normas de régimen interno de uso de la piscina en lugar visible.
- La profundidad máxima para las piscinas de adultos debe ser máximo de tres metros. La de las piscinas infantiles para menores de seis años no puede superar los 0,60 metros.
- Los trampolines están prohibidos. Solamente se permite la instalación de toboganes, que no molesten, que no tengan juntas o solapas que puedan dañar al usuario y que estén situados en zonas debidamente acotadas.
- Debe haber aseos diferentes para cada sexo, con agua corriente potable, dosificador de jabón, toallas mono uso o secador de manos y papel higiénico.
- Para acceder a la zona del vaso, se debe pasar obligatoriamente por piletas con duchas.
- En total debe haber un mínimo de dos duchas alrededor de la piscina.
- El paseo que rodea la piscina tiene que medir al menos un metro de ancho, así como estar construido libre de impedimentos y con materiales antideslizantes, ya que está pensado para andar con los pies descalzos. No se permiten canalillos o lavapiés alrededor de la piscina
- La zona de la piscina tiene que tener papeleras y ceniceros distribuidos por todo el recinto, en una cantidad adecuada para el número habitual de asistentes.
- El almacén de productos químicos y la instalación de tratamiento de agua estarán en lugares inaccesibles para el usuario.[space ]
Para el mantenimiento y funcionamiento de la piscina, es necesario:[space ]
- Una persona técnicamente capacitada, que sea responsable del correcto funcionamiento de la instalación.
- Un Libro de Registro Oficial, a disposición de los usuarios, donde se anoten dos veces al día datos como el PH, el desinfectante utilizado, la lectura del contador de agua depurada, etcétera.
- Depurar el agua de los vasos a diario y de forma continua al menos durante el horario de apertura, con los procedimientos adecuados.
- Tener los puntos de sistema de aspiración por fondo, si los hay, debidamente protegidos para evitar accidentes.
- Cuando la piscina no esté en funcionamiento, el vaso tiene que estar cubierto o vallado para evitar que se estropee y que alguien pueda caerse en él.[space ]
Obligaciones y prohibiciones para el usuario:[space ]
- Duchase antes de entrar en la piscina
- No comer en la zona de baño, entrar con calzado de calle o introducir animales.
- No se puede utilizar la piscina cuando no esté presente el socorrista, es decir fuera del horario de apertura.[space ]
Fuente: Madrid.org[space ]
Más información de la nueva normativa de piscinas aquí [space ]
Para hacer cumplir toda esta normativa en algunos casos dificil de entender, las empresas desgranamos para nuestros clientes una cartera de servicios que se ajustan a las necesidades de cada comunidad de propietarios y de cada normativa, estableciendo un presupuesto económico y de máximas garantías para nuestros clientes.
En PisciManía destacamos estos servicios a nuestros clientes para tener todas sus necesidades cubiertas:[space ]
Nuestros servicios para piscinas comunitarias[space ]
- Comprobación de las instalaciones y revisión de su estado.
- Gestión de permisos y obtención de libros de registro.
- Retirada del cobertor y limpieza de las instalaciones.
- Vaciado, limpieza y desinfección de cada vaso o recuperación del agua de las mismas. (a elección del cliente).
- Pre-tratamiento químico del agua y puesta en marcha de la maquinaria.
- Analítica del agua, según normativa 742/2103.
- Comprobación de botiquín y elementos de seguridad.
- Servicio de socorrista. Servicio médico si fuera necesario.
- Servicio de maquinista. Tratamiento del agua durante la temporada. Limpieza de andenes, playas, etc.
- Cierre y adecuación de la piscina e instalación al finalizar la temporada.
- Descripción de servicios de invernaje.
- Celebración de cursos de natación, actividades deportivas, fiestas infantiles y campamentos urbanos.[space ]
¿Qué Condiciones generales deben cumplir las piscinas comunitarias?[space ]
En general, sí existen una serie de criterios relativos a la seguridad y el mantenimiento de la instalación que deberán cumplirse independientemente de las obligaciones concretadas en cada normativa.
- La altura máxima del vaso no podrá ser superior a 3 metros y, en el caso de tratarse de una piscina infantil, ésta deberá ser inferior de 0,60 metros.
- Los alrededores de la piscina deben construirse con materiales antideslizantes y medir, al menos, un metro de ancho.
- Todas las piscinas deben disponer de unas reglas internas para los usuarios. Éstas deberán estar escritas a la entrada y en el interior de las instalaciones en lugares perfectamente visibles.
- Debe ser obligatorio el uso de las duchas antes de acceder al vaso. Para ello, debe haber al menos dos en los alrededores del mismo. Igualmente, y sobre todo cuando se trata de piscinas de uso público –no tanto de comunidades de vecinos- es obligatorio acceder a las instalaciones con calzado específico, como chanclas o sandalias.
- Las piscinas públicas también están obligadas a disponer de aseos y vestuarios diferenciados por sexos y en perfectas condiciones.
- Hay que mantener unas condiciones mínimas de salubridad del agua, reguladas legalmente, que pueden conseguirse empleando diferentes sistemas de limpieza e higienización. La responsabilidad de este mantenimiento recae, o bien sobre la comunidad de propietarios o bien sobre los responsables de la piscina comunitaria en cuestión, que deberán contratar al personal cualificado para llevarlo a cabo.
- Todas las instalaciones deben disponer de un horario delimitado de apertura y cierre que se incluirá en el listado de normas a cumplir por los usuarios. En el caso de las comunidades de vecinos tanto el horario como las normas están sujetos a lo que se haya establecido en los Estatutos o, en caso de que no se haga referencia, a lo ratificado de forma mayoritaria en la Junta correspondiente. Destaca que, en caso de que algún usuario tenga algún percance fuera del horario de apertura de la instalación, la comunidad queda exenta de cualquier responsabilidad.
- El número de socorristas que deben contratarse varía según el tamaño y el tipo de la piscina, así como la normativa autonómica, pero sí debe haber al menos uno presente mientras las instalaciones estén abiertas. También se deberá disponer de un botiquín de primeros auxilios completo y ubicado en un lugar visible.
- En caso de que ocurra algún tipo de incidente con los usuarios, habrá que analizar si el origen de los posibles daños es un accidente fortuito o por culpa de la víctima o si se trata de una negligencia de la comunidad o de la empresa propietaria de la piscina. En el primer caso, el usuario no tiene derecho a recibir ningún tipo de indemnización, pero en el segundo, se aplica la responsabilidad civil comunitaria frente a terceros y la comunidad deberá hacer frente a ella. Por esta razón, y aunque la LPH no obliga a contratar un seguro de responsabilidad civil, es recomendable disponer de él.[space ]
Fuente: Piscinas.com[space ]
Los adminitradores de la propiedad también han hecho sus propias recomendaciones desde su colegio profesional, estos son sus consejos:[space ]
- Estar en posesión de la licencia municipal.
- La comunidad de propietarios ha de tener un seguro que debe cubrir cualquier responsabilidad derivada del uso de la piscina.
- Se ha de cumplir con la normativa en el Código Técnico de la Edificación y el sistema de la depuración del agua.
- Es obligatorio colocar un mínimo de dos flotadores salvavidas y duchas alrededor de la piscina.
- El desagüe deberá ser directo a la red de saneamiento.
- Los productos químicos para la limpieza y mantenimiento de la piscina se guardarán en lugares no accesibles para los bañistas, ventilados y a través de personal de mantenimiento especializado.
- A partir de los doscientos metros cuadrados, las piscinas han de tener al menos un socorrista acreditado de salvamento acuático y prestación de primeros auxilios.[space ]
También ha de tener en cuenta que es obligatorio contar con una normativa de régimen interno que debe estar en un lugar visible por todos y que ha de contemplar:[space ]
- La obligatoriedad de usar la ducha antes de bañarse en la piscina.
- La prohibición de entrada de animales.[space ]
Estamos seguros que con toda esta información la tarea de elegir empresa de mantenimiento de la piscina será más fácil, para ello nos ponemos a su disposición para que nos soliciten presupuesto gratuíto.[space ][space ]
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[contact_info title=”Contacte con nosotros” address=”Avda Cardenal Herrera Oria, 298. Madrid.” phone=”902 042 209″ mobile=”” fax=”” email=”info@piscimania.com” address_icon=”icon-sitemap” phone_icon=”icon-phone” mobile_icon=”” fax_icon=”” email_icon=”icon-inbox” ]
Un comentario
rafagsouto
Interesante artículo. Por mi experiencia, las instalaciones municipales que optan por cubiertas para piscinas además del indispensable cobertor consiguen resultados mucho mejores. Una cubierta puede estar cerrada mientras no haya usuarios en la piscina y puede abrirse por completo cuando lleguen los bañistas, dejando la piscina totalmente al descubierto y libre de obstáculos. Esto es fundamental para adaptarnos a las precauciones de seguridad, mencionadas en el post. Y las ventajas merecen la pena: agua siempre limpia, ahorro en mantenimiento para la comunidad de vecinos y también ahorro en el consumo de agua, ya que una cubierta evita la evaporación. Bajo mi punto de vista, todo un plus para reforzar la función de los cobertores.